El
verano de 1975 fue el último verano del mundo que yo conocía. Todo
cambiaba y cambiaba yo. Nada puede frenar la naturaleza de las cosas
ni la alteración
de lo que nos rodea. Empecé a sentirme mujer en
cuerpo y alma y el perfumen a
libertad embriagaba
las
gentes
del entorno
en
aquel verano. Aunque
ambas
transformaciones
vinieran con
más interrogantes
que certezas. Tuve
claro el ser mujer. Tener una hermana mayor ayuda. Pero
pocos sabían
dar respuesta a qué
era aquello que la palabra libertad contiene
cuando la mayoría ignoraba
que carecían de ella, de
igual manera que no se puede echar de menos disfrutar
de un tiempo de vacaciones
cuando no se
ha tenido nunca. En Un
Mundo que Cambia, últimísimo libro de César Vidal, está
la respuesta de
aquello que todavía no he conocido ni
en mi vida ni
en mi tierra..., España.
Os dejo unos párrafos más
que interesantes y luminosos
que contiene el capítulo 3 del libro y que ha compartido amablemente
con todos sus seguidores. Todos los que deseéis
ser seguidores suyos podéis
hacerlo a través de su página www.cesarvidal.com
“En
el capítulo anterior, señalamos cómo mientras la Europa
católicoromana se hundía cada vez más en una visión
absolutista del poder tanto político como religioso, la Europa
reformada fue avanzando en el camino que desembocaría en la
democracia. El mayor avance tuvo lugar en Inglaterra, y ese progreso
se debió directamente al influjo de los puritanos.
Esos
puritanos marcharían a las Indias occidentales en busca de mayor
libertad de conciencia, serían la columna vertebral de la
resistencia parlamentaria contra el absolutismo de Carlos I y,
finalmente, asentarían definitivamente las bases del triunfo del
parlamentarismo antes de que concluyera el siglo XVII. Mientras que
un sector considerable de la Iglesia anglicana se sentía a gusto con
una forma de protestantismo muy moderado que, históricamente, se
consolidaría como la confesión
protestante más cercana a Roma, otro muy relevante abogaba por
profundizar esa reforma amoldando la realidad eclesial existente al
modelo contenido en el Nuevo Testamento”
“Los
partidarios de esta postura recibieron diversos nombres:
puritanos, porque perseguían
un ideal de pureza bíblica; presbiterianos,
porque sus iglesias se gobernaban mediante presbíteros elegidos en
lugar de siguiendo un sistema episcopal como el católico-romano o el
anglicano; y también calvinistas,
porque su teología estaba inspirada vehementemente en las obras del
reformador francés Juan Calvino. Este último aspecto tuvo enormes
consecuencias en muchas áreas,
no solo la consolidación del sistema parlamentario, como ya veremos,
sino también un notable desarrollo económico y social en
Inglaterra”
“La
victoria de Cromwell y de los puritanos en la guerra civil (1642-49)
con el paso de los siglos, sentarían en el siglo XX las bases
del derecho internacional contra los crímenes de guerra”
“la
esperanza de los parlamentarios ingleses había sido que
reinara la hija del rey, María, que era protestante, lo que
significaría la salvación del parlamentarismo y de la libertad
religiosa. Ahora ante lo que podía convertirse en una verdadera
desgracia nacional, tories y whigs decidieron defender
la libertad de Inglaterra.
En
1688, María, su esposo, el Estatúder holandés Guillermo de Orange
y el Parlamento iniciaron una revolución que pasaría a la Historia
con el sobrenombre de Gloriosa, ya
que transcurrió sin derramamiento de sangre”
“Desde
1689, el régimen inglés sería ya ininterrumpidamente una monarquía
parlamentaria en la que, por añadidura, el Parlamento elegido por el
pueblo no ha dejado de aumentar su poder en paralelo a la pérdida
del mismo por el rey.
La
influencia de los puritanos habían consolidado un sistema
parlamentario que acabaría convirtiéndose en una democracia, pero,
su mayor logro lo obtendrían menos de un siglo después
y al otro lado del Atlántico”
“Es
de conocimiento común que en 1776, los colonos de un territorio que
ahora forma parte de los Estados Unidos se rebelaron contra la
monarquía inglesa declarándose independientes”
“La
Revolución americana acabó derivando en el establecimiento de una
democracia sobre la base de una población y de una cosmovisión que
eran medularmente puritanas.
Sin
esas dos circunstancias centrales, la revolución no habría
desembocado jamás en la creación de la primera democracia de la
historia contemporánea y, sobre todo, nunca habría disfrutado del
éxito que ha alcanzado, de manera ininterrumpida, durante
más de dos siglos”
“En
contra de lo que se afirma con frecuencia, la Ilustración no
sostuvo una visión democrática, sino despótica y oligárquica del
poder político. Su meta no era que el poder político estuviera en
manos del pueblo, sino que el absolutismo regio se “ilustrara”
con el consejo de los “philosophes”
El
filósofo alemán Immanuel Kant
consideraba que el príncipe ilustrado era aquel que
permitía la libertad religiosa, sin duda, una cuestión esencial
para los Padres Fundadores, pero no suficiente”
“Durante
el siglo XVII, los puritanos, ansiosos de contar con mayor
libertad de la que
disfrutaban en Inglaterra,
optaron fundamentalmente por dos vías. Los que permanecieron en
Inglaterra formaron el
núcleo esencial del partido parlamentario”
“Pero
también hubo no pocos que
decidieron emigrar a Holanda donde los calvinistas habían
establecido un peculiar sistema de libertades que
proporcionaba refugio a
judíos y seguidores de diversas fes”
”o a las colonias inglesas
de América del Norte. De hecho, los famosos y citados Padres
peregrinos del barco Mayflower no eran sino un grupo de
puritanos”
“la
llegada de los puritanos a lo que después sería Estados Unidos
constituyó uno de los acontecimientos más relevantes de la Historia
universal”
“Cuando
estalló la Revolución americana a finales del siglo XVIII, el peso
demográfico de los puritanos en las colonias inglesas de América
del Norte era enorme” “Así,
dos terceras partes al menos de los habitantes de los futuros
Estados Unidos eran calvinistas o,
si se prefiere, reformados de inspiración puritana”
“Esta
aplastante mayoría demográfica de reformados influyó, como no
podía ser menos, en la configuración del nuevo sistema ya de
carácter democrático.
Como
señalaría el estadista inglés sir James Stephen, el calvinismo
político se resumía en cuatro puntos: (1) La voluntad popular era
una fuente legítima de poder de los gobernantes; (2) Ese poder podía
ser delegado en representantes mediante un sistema electivo; (3) En
el sistema eclesial clérigos y laicos debían disfrutar de una
autoridad igual aunque coordinada; y (4) Entre la iglesia y el estado
no debía existir ni alianza ni mutua dependencia.
Sin
duda, se trataba de principios que, actualmente, son de
reconocimiento prácticamente general en occidente, pero que
en el siglo XVI distaban mucho de ser aceptados de manera amplia”
“La
Declaración de Independencia conmueve no solo por la belleza de
sus expresiones, sino también por la profundidad y el realismo de
sus planteamientos. Baste recordar las partes que quizá constituyen
su corazón: -Sostenemos que estas verdades son autoevidentes, que
todos los hombres son creados iguales, que son dotados por su Creador
con ciertos derechos inalienables, que entre estos están la vida,
la libertad y la búsqueda de la felicidad”
“En
otras palabras, la Declaración afirmaba la igualdad de los
seres humanos, el hecho de que estaban dotados de derechos
inalienables que procedían del Creador, que entre ellos estaban la
vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad, y que los
gobiernos, derivados de la voluntad popular, tenían como finalidad
asegurar esos derechos, y que la forma de gobierno podía ser
alterada o sustituida cuando no
cumplía con ese deber”
“Sir
Edward Coke en 1610
en su Calvin’s Case,
prácticamente, se limitaba a repetir lo escrito dos
generaciones
antes por el reformador francés. Por lo tanto, a diferencia de lo
que podían sostener los teólogos católico-romanos, los derechos no
derivaban de su aceptación y legitimación por las autoridades
eclesiásticas — que, supuestamente, representaban a Dios — ni de
la benevolencia regia, sino de una
ley superior procedente de Dios”
“A
una conclusión semejante había también llegado el puritano
John Locke, que no solo sostenía que la Biblia era -infaliblemente
verdadera.., sino que además albergaba en su corazón una teología
profundamente bíblica”
“Esa
visión de los derechos comunes al género humano — derechos como
la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad — formaba parte
de unas verdades no surgidas del corazón humano, sino ”evidentes
por sí mismas” un término tomado directamente de las afirmaciones
de Pablo en Romanos 1:19-20”
“la
base real e indiscutible de su visión política arrancó de
la cosmovisión bíblica de los puritanos configurando así una
visión de los derechos políticos
que era tributaria de una serie de autores que comenzaban en las
páginas de la Biblia y que, a través de Calvino y distintos
juristas y teólogos protestantes, llegaban a Locke y a Coke.
No
se trataría, sin embargo, únicamente de la visión de los derechos
y de la legitimación de la independencia, sino que también
inspiraría profundamente la primera constitución democrática de la
Historia contemporánea, la Constitución
de los Estados Unidos de América”
“A
la desconfianza profunda — y más que justificada — ante la
naturaleza humana, los Padres Fundadores añadieron una
concepción del sistema político que ya habían iniciado los
puritanos en Inglaterra, pero que llegaría a su consumación en
Estados Unidos. Nos referimos a la tesis de la separación de
poderes, una tesis surgida directamente de la Biblia. El poder —
cuyo modelo era Dios — debía estar dividido en judicial,
legislativo y ejecutivo como indicaba el pasaje de Isaías 33:22.
Dios, ciertamente, podía concentrar esos tres poderes sin degenerar
en un comportamiento tiránico. Definitivamente, los hombres no
podían hacerlo. Precisamente por ello, esos poderes debían estar
separados y además ejercerse
dentro de unos límites”
“Esa
división incluso permitía salvar uno de los defectos del
sistema parlamentario inglés que era la
sumisión
del ejecutivo a un Parlamento del que nacía. Sin embargo, no fueron
la Declaración de Independencia y la Constitución de los Estados
Unidos los únicos aportes de los puritanos a la configuración de la
democracia americana. A ellos se
sumó la Carta de Derechos”
“La
Carta de Derechos es, sustancialmente, un conjunto de diez enmiendas
redactadas por James Madison25 — un más que convencido creyente
protestante — que se unieron a la Constitución. Su importancia
para la Historia de los Estados Unidos es absolutamente esencial. No
lo es menos para la de la democracia porque implicaba la consumación
de un desarrollo cuyo antecedente más cercano era la Carta de
Derechos de 1689”
“De
manera bien significativa, el primer derecho
reconocido era el de libertad religiosa. De esa libertad de
conciencia — imposible en sociedades católico-romanas o
islámicas — la Carta de Derechos desprendía otras cuatro
libertades indispensables para una sociedad democrática: -El
Congreso no hará ninguna ley... que disminuye la libertad de
expresión o de prensa; o el derecho de la gente a reunirse
pacíficamente; y a presentar peticiones
al gobierno para una reparación de agravios. La segunda
enmienda — tan
controvertida hoy en día — consagraba el derecho a -tener y llevar
armas.. Las enmiendas tercera, cuarta y, en parte, la quinta
estaban diseñadas para proteger la propiedad privada de los
ciudadanos. El resto de la quinta enmienda y la sexta se
relacionaron con las garantías procesales de los ciudadanos, algo
impensable en las naciones católico-romanas, pero cuyo origen puede
encontrarse en los límites señalados en la Biblia al poder
judicial, incluso en casos de crímenes especialmente horribles
(Deuteronomio 17:2-7). Lo mismo puede decirse en el caso de las
enmiendas sexta y séptima donde el jurado — de nuevo, algo
desconocido en las naciones católico- romanas — hunde sus raíces
en Números 35:24-25, donde se establece el juicio por la
congregación o de la enmienda octava formulada contra las
multas y fianzas excesivas y contra el castigo cruel y desusado,
circunstancias ambas que eran comunes en unas naciones
católico-romanas donde la Inquisición seguía utilizando la tortura
para obtener confesiones de los reos, donde las quemas de brujas
seguían siendo comunes y donde las ejecuciones de herejes
continuarían produciéndose hasta bien entrado el siglo XIX. La
novena enmienda resulta también de especial relevancia porque
establece que los derechos no surgen de la Constitución, sino que
son anteriores a la misma, todo ello de acuerdo con la interpretación
protestante de los derechos presente, por ejemplo, en la Declaración
de Independencia. Finalmente, la décima subraya la limitación
del poder gubernamental estableciendo que -los poderes no delegados a
los Estados Unidos por la Constitución, ni prohibidos por ella a los
Estados, están reservados a los Estados y al Pueblo.. A diferencia
de concepciones políticas que arraigarían en otras naciones, la
Carta de Derechos dejaba de manifiesto que el pueblo no se limitaba a
votar transfiriendo así la soberanía a las instituciones. Por el
contrario, seguía siendo soberano”
“Los
Padres Fundadores habían consumado con sus acciones una línea
de restauración de la democracia que había dado sus primeros pasos
con la Reforma protestante del siglo XVI, que había obtenido
resonantes victorias con las revoluciones puritanas del siglo XVII y
con la obra de autores como Locke y Coke y que se había cristalizado
en un sistema político concreto, un sistema realmente excepcional.
Se trataba de una excepción en su época, pero de una excepción
llamada a perdurar a lo largo de los siglos”
Continuará...
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